Una sentencia pionera en Castilla y León para autónomos societarios

  • Fue lograda por un despacho de Ponferrada y permite beneficiarse de las bonificaciones en el pago de las cuotas a la Seguridad Social con un ahorro de hasta 3.600 euros

Integrantes del despacho que ha conseguido la sentencia

 

El despacho ponferradino Axiago Asesores acaba de lograr una sentencia pionera en Castilla y León que permite a los autónomos societarios beneficiarse de las bonificaciones en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.

 Beneficiará a centenares de autónomos del Bierzo y de la Comunidad, ya que hasta ahora estaban excluidos y se podrán acoger a un ahorro importante en cuotas de la Seguridad Social  que pueden alcanzar hasta los 3.600 euros, en el caso de que lo reclamasen.

Después de diversos procedimientos judiciales, el citado despacho han logrado una sentencia firme que permite a todos los autónomos societarios inscritos en el RETA (Régimen especial de trabajadores autónomos) obtener las bonificaciones en el pago de las cuotas de autónomos a las que desde hace cuatro años podían acceder el resto de autónomos, pero no los autónomos societarios. En el caso de cumplir todos los requisitos, las bonificaciones llegarían hasta un ahorro de 3.600 euros. Hasta ahora los autónomos societarios (autónomos que han puesto en marcha una sociedad para llevar a cabo su trabajo) cotizaban al régimen de autónomos y debían estar inscritos en el RETA (Régimen especial de trabajadores autónomos), pero carecían de las ventajas a las que el resto de autónomos podían acceder.

Es un caso en el que ha habido no pocas diferencias jurídicas, ya que aunque no se estipulaba legalmente que los autónomos societarios no pudiesen acogerse a estas bonificaciones, la Tesorería general de la Seguridad Social lo interpretaba de esta forma y los excluía de estos beneficios. Lucía Arias y Silvia Carrera, dos ponferradinas representadas por la letrada Mª Concepción Martínez Blanco, estaban convencidas de que los autónomos societarios tenían los mismos derechos que el resto para poder optar a las bonificaciones en las cuotas de autónomos. Y finalmente les ha venido a dar la razón la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en sentencia de 28 de febrero de 2017, que ahora ya es firme. Asimismo, los tribunales de Madrid y Galicia han fallado en el mismo sentido que, ahora, el de Castilla y León.

Las bonificaciones para los autónomos se establecen en una cuota única de 50 euros al mes durante los primeros 6 meses. Seis meses más con una reducción del 50% a aplicar sobre la cuota correspondiente a la base mínima de cotización. Y otros seis meses más con una reducción del 30%. Suponen en total 18 meses de reducción de las cuotas a pagar en el régimen de autónomos. Pero además, en el caso de hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35, estas bonificaciones se extenderían a 12 meses más, lo que supone un total de 30 meses de bonificaciones. En este último caso se podría alcanzar el máximo de 3.600 euros de ahorro en los pagos a la Seguridad Social.

Gracias a esta sentencia se podrán beneficiar de estos ahorros todos los autónomos que constituyeron sociedades desde el 24 de febrero de 2013, sea cual sea su forma jurídica: Sociedad limitada (S.L.), Sociedad anónima (S.A.), Sociedad limitada unipersonal (S.L.U.), etc.

Axiago Asesores se ha especializado en la reclamación de estas bonificaciones para los autónomos societarios, que en el Bierzo son decenas. La sentencia tiene carácter retroactivo, por lo que se pueden reclamar las cuotas no bonificadas desde la fecha anteriormente citada. Pero, a la vez, marca un límite temporal para esa reclamación, por lo que cada mes que transcurre corre el tiempo en contra de quienes llevan desde 2013 como autónomos societarios y no reclamen esas bonificaciones.

En este sentido, Lucía Arias incide en que “gracias a esta sentencia se ha conseguido un ahorro en las cuotas de la Seguridad Social que puede llegar a los 3.600 euros, y es importante que se reclame cuanto antes porque aunque tiene efectos retroactivos, la reclamación tiene un límite temporal para efectuarse”.

En España el 94% de los autónomos no disponen de asalariados o tienen como máximo 1 ó 2. Y es el tipo de actividad que conforman la mayoría de las pequeñas y medianas empresas del país, la parte fundamental del tejido productivo del mismo.

 La sentencia obtenida por este despacho de Ponferrada recuerda que sería discriminatorio que los autónomos societarios quedasen fuera de estas bonificaciones que suponen un ahorro muy importante de los gastos a los que se enfrentan en la gestión de su actividad diaria.

 

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