Preguntas más frecuentes sobre las restricciones vigentes en Galicia

  • Información a la ciudadanía: preguntas más frecuentes sobre las restricciones vigentes en Galicia tras la declaración de la Emergencia Sanitaria

El Consello da Xunta aprobó el pasado 13 de marzo el Acuerdo por el que se declaró la situación de emergencia sanitaria en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia y se activó el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga) en su nivel IG (emergencia de interés gallego), a consecuencia de la evolución de la epidemia del coronavirus COVID-19.

La ciudadanía puede obtener más información a través de la página web de la Xunta y, más específicamente, en la web https://coronavirus.sergas.gal/ y en el teléfono específico 900 400 116.

Además, a través del teléfono 012, el servicio de atención e información a la ciudadanía, también se están recogiendo dudas de la población respecto a las restricciones vigentes por la epidemia del coronavirus COVID-19. Para facilitar el acceso a la información, puede consultarse a continuación algunas de las preguntas más frecuentes recogidas en el 012 con las respuestas.

 

¿Qué protocolo deben seguir las empresas al detectar un caso positivo de coronavirus?

Los trabajadores que estuvieron contacto con la persona que dió positivo deberán estar en cuarentena 14 días y contactar con el 900400116 si tienen síntomas. Además, se cerrará el módulo en el que trabajaba y se procederá a su limpieza y desinfección.

 

¿Necesito algún tipo de documento para justificar que voy al trabajo?

Sí. La orden del Ministerio de Sanidad de 30 de marzo recoge que los trabajadores deben llevar de forma obligatoria una declaración responsable de la empresa de que la actividad desarrollada no está suspendida.

 

Soy autónomo. ¿Puedo seguir trabajando?

Los trabajadores por cuenta propia pueden seguir desempeñando su actividad, sea o no esencial, salvo que estén suspendidas en la declaración del estado de alarma

 

¿Cómo puedo solicitar las ayudas de la Xunta de comedor escolar mientras están suspendidas las clases?

Puede tramitarse la solicitud a través de sede electrónica de la Xunta si se dispone de la Chave365 o certificado digital, o bien contactando con el equipo directivo del centro educativo.

 

¿Pueden los padres separados mantener el régimen de visitas?

Está permitido salvo que el juez determine lo contrario. Hay que seguir escrupulosamente las recomendaciones sanitarias y es conveniente llevar el documento que acredita el régimen de visitas que pueden requerir las fuerzas de seguridad.

 

¿A quién debo dirigirme para donar material sanitario?

Para donaciones relacionadas con material sanitario, es preciso dirigirse al servicio de patrimonio del Sergas en el teléfono 881542729.

 

¿Puede ir más de una persona en un vehículo por motivos de trabajo?

Solo en las empresas y servicios esenciales. En estos casos en vehículos de 5 plazas podrán ir como máximo 2 personas; en los de 7 plazas hasta 3 personas; en los de 9 plazas 4 personas; y en los de más de 9 plazas el 30% de su ocupación

 

¿Se suspendieron los plazos en el ámbito de la contratación pública?

Con carácter general sí, aunque algunos pueden continuar si hay una resolución motivada. En la página http://contratosdegalicia.gal/portada.jsp puede consultarse el caso concreto.

 

¿Tengo que ir a renovar mi demanda de empleo?

No, los demandantes de empleo no tendrán que renovar su demanda hasta el próximo 30 de abril. Además, quedan suspendidas todas las citas presenciales de orientación laboral.

 

¿Tengo que acudir a una cita para valorar el grado de discapacidad o dependencia?

No, quedan suspendidas todas las citas hasta que ya no esté en vigor la situación de emergencia sanitaria.

 

¿Siguen recogiéndose avisos y retirando nidos de avispa velutina?

Sí, se continúa realizando el servicio de retirada y se continúan recogiendo avisos. Es un servicio de importancia, especialmente en esta época del año y los trabajadores cuentan con equipos individuales de protección.

 

Hay un procedimiento administrativo con el plazo abierto, ¿tengo que presentarlo igualmente?

No, los plazos administrativos están interrumpidos ahora mismo. El cómputo se reiniciará en el momento en que se levanten las suspensiones. En cualquiera caso, la sede electrónica sigue operativa.

 

¿Y si ya presenté mi documentación?

Si ya presentaste tu documentación a un procedimiento administrativo, este continuará su tramitación con normalidad.

 

¿Qué pasa con la resolución de las ayudas?

Las ayudas cuyo procedimiento ya está cerrado seguirán su tramitación y se notificarán segundo el previsto.

 

¿Puedo consultar el estado de mi expediente ya presentado?

Sí, los interesados pueden seguir consultando el estado de tramitación de sus expedientes en su carpeta ciudadana a través de la sede electrónica.

 

¿Afecta la suspensión de los plazos a las enmiendas y a las notificaciones?

Sí, también se interrumpen los plazos de enmiendas y se reanudarán cuando se levanten las suspensiones. Las notificaciones reanudarán sus plazos en ese momento.

 

¿Puedo seguir presentando quejas y sugerencias a la Administración autonómica?

Sí, continúa operativo el teléfono 012 y la sede electrónica.

 

¿Qué pasa con los llamamientos de la Administración?

Los llamamientos quedan también suspendidos, salvo que tengan un carácter urgente. En la web de función pública hay un aviso sobre este punto.

 

Si abrió el plazo de anotarme en mi oposición, ¿queda suspendido?

Sí, los plazos de las oposiciones quedan suspendidos y se reanudarán cuando acabe el estado de alarma. Recordar, en cualquiera caso, que los que quieran anotarse igualmente pueden hacerlo a través de la sede electrónica.

 

¿Puedo solicitar un permiso de quema?

No, ya que todos los permisos de quema quedaron en suspenso desde el pasado 15 de marzo, al decretarse la situación de emergencia sanitaria por el coronavirus.

 

¿Las altas y bajas de reses dentro de la Oficina agraria virtual tienen que ser también dentro de plazo?

Podrán realizarse a través de la Oficina Agraria Virtual o a través del 012. Solo en el supuesto de que no sea posible emplear alguna de estas dos vías, se podrá presentar posteriormente.

 

¿Puedo salir a hacer deporte o caminar por prescripción médica?

No, no se puede salir salvo los casos expresamente permitidos. Se recomienda intentar mantener cierta actividad física en el domicilio.

 

¿Es obligatorio trabajar en los ayuntamientos?

Todos los empleados públicos que puedan desarrollar su trabajo a distancia, deberán prestarlo en su domicilio con teletrabajo. Queda exceptuado el personal de carácter esencial que deberá acudir presencialmente cuando así se exija.

 

¿Si salgo de la casa en un supuesto no permitido y tengo un accidente?

En general, las aseguradoras siguen cubriendo los accidentes amparados por las pólizas contratadas. No obstante, se recomienda contactar con su aseguradora para comprobar si se mantiene la cobertura de la asistencia actualmente.

 

¿Puedo llevar a los niños conmigo a la compra para que no se queden solos en la casa?

Comprar alimentos es una de las actividades permitidas y todas deben realizarse de forma individual, salvo para acompañar menores, personas con discapacidad, mayores o por una causa justificada.

Tengo animales en la casa y me preocupa que puedan contagiarse

Con la información sanitaria a día de hoy, y toda vez que el virus no tiene precedentes de estudio, los animales no pueden transmitir el virus ni se contagian. Pero conviene extremar las medidas higiénicas también con ellos.

 

¿Cómo puedo solicitar la ayuda PAC?

Hay diferencias. Los plazos marcados por la Administración autonómica o estatal están suspendidos o interrumpidos por la disposición adicional tercera. Pero en los plazos europeos, la Unión Europea acaba de ampliar el plazo de solicitudes hasta el 15 de junio.

 

¿A quién puedo dirigirme para volver a Galicia si estoy en otro país o en otra comunidad?

El Ministerio del Interior es la autoridad competente en esta materia para facilitar el retorno de turistas a sus residencias habituales.

 

¿Se puede prestar ayuda a domicilio en la modalidad de libre concurrencia?

La recomendación del Gobierno central y mantener todo tipo de servicios de ayuda a domicilio, tanto los básicos como los de dependencia.

 

Tenía que presentar unos documentos de mi pensión no contributiva. ¿Debo hacerlo?

No es necesario. Todos los plazos administrativos están suspendidos. Las pensiones no contributivas se seguirán cobrando con normalidad.

 

¿Está garantizado el cobro de la RISGA?

Sí, la nómina de RISGA se seguirá cobrando puntualmente.

 

¿En esta situación se están tramitando las ayudas?

Durante el Estado de Alarma no es necesario presentar documentación. La Xunta seguirá tramitando las Risgas, las AIS y las pensiones no contributivas con normalidad. Para dudas, diríjase a los servicios sociales de los ayuntamientos, jefaturas territoriales o a la sede electrónica

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