Más de 7.300 empleados públicos ya se benefician de la flexibilidad en su horario de trabajo
Un total de 7.374 empleados públicos se benefician de la flexibilidad en su horario de trabajo después de la entrada en vigor de la Orden este año que por primera vez establece en la Administración gallega un sistema horario adaptado a los nuevos tiempos, favorece la conciliación familiar y laboral e introduce figuras nuevas como la compensación horaria o el teletrabajo.
El pasado mes de enero, se puso en marcha en la administración gallega la posibilidad de que los trabajadores y trabajadoras de la Xunta de Galicia flexibilizaran su jornada de trabajo y se acogieran a la modalidad de teletrabajo siempre que ocuparan determinados puestos de trabajo y las necesidades del servicio lo permitieran.
Estas iniciativas supusieron la regulación por primera vez en nuestra comunidad, del teletrabajo y la compensación horaria de los empleados públicos autonómicos, lo que está contribuyendo en la conciliación de su vida familiar y laboral. Así pues, las ventajas de la flexibilidad horaria y el teletrabajo hoy son una realidad gracias al esfuerzo llevado a cabo para su implementación, y supone una nueva concepción de la función pública en Galicia, afectando la casi 17.000 personas, entre personal funcionario y estatutario, personal que presta servicio en las entidades públicas instrumentales y personal laboral.
En el campo del teletrabajo, cabe destacar que cerca de medio centenar de empleados públicos están ya teletrabajando, por lo cual estos empleados públicos desarrollan sus tareas fuera de las dependencias de la Administración autonómica mediante el empleo de las nuevas tecnologías, con la finalidad de conseguir una mayor eficiencia en la gestión pública y contribuyendo a la conciliación de la vida familiar y laboral.
En el teletrabajo, en el caso de existir varias solicitudes en la misma unidad y que por cuestiones organizativas no fuera posible la concesión de todas ellas, se valorarán preferentemente las solicitudes de aquellos empleados públicos que acrediten conciliación de la vida familiar laboral, es decir, tener hijos o hijas menores de 12 años o personas dependientes a su cargo.