Incremento de fondos para conceder a más de 1.700 familias la prestación económica por hijas y hijos menores de tres años
- La Xunta incrementa los fondos para conceder a más de 1.700 familias la prestación económica por hijas y hijos menores de tres años
- El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó ayer esta ampliación de crédito para que sean beneficiarias todas las familias que cumplan los requisitos
- Así, el presupuesto para esta medida supera los 2,1 millones de euros
- Los beneficiarios tendrán derecho a percibir un pago único de 360 euros por la primera hija o hijo, de 1.200 euros por la segunda o segundo y de 2.400 euros por el tercero y sucesivos
La Xunta de Galicia incrementa los fondos para conceder a 1.713 familias la prestación económica por hijas y hijos menores de tres años. El Gobierno gallego alcanza los 2,1 millones de euros para aportar esta ayuda a todas aquellas personas que lo solicitaron y cumplan los requisitos de la orden. Ayer el Diario Oficial de Galicia (DOG) hizo pública esta ampliación.
La Administración autonómica destinó en un crédito inicial 2 millones de euros al pago de estas prestaciones. Ahora amplía en cerca de 100.000 euros para atender a todas las solicitudes que compren con las bases de la convocatoria. La prestación consiste en un pago único de 360 euros por la primera hija o hijo, de 1200 euros por la segunda o segundo y de 2400 euros por el tercero y sucesivos.
Son beneficiarias de esta ayuda económica directa aquellas personas que tengan a su cargo niñas o niños menores de 3 años nacidos entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2017 (ambos días incluidos). Los niños y niñas nacidos desde el 1 de enero de 2018 reciben una prestación similar a través de la Tarxeta Benvida. También se requiere que ningún miembro de la unidad familiar estuviera obligado a presentar la declaración por el IRPF en el año 2017, ni la presentara de manera voluntaria aún sin estar obligadas a eso.
Además, son igualmente beneficiarias de esta ayuda las hijas o hijos adoptados o acogidos mediante resolución judicial o administrativa dictada entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2017. Y en todos los casos, las personas progenitoras deben tener su residencia habitual en Galicia y en la fecha de la solicitud, los niños y niñas deben convivir con la persona solicitante.