Economía Social y Economías Sociales por Santiago Molina
- Se supone que la gracia del lenguaje está en que los conceptos sirven para crear imágenes mentales
Al escuchar una palabra, lo que se nos aparece es una imagen que identificamos automáticamente con el significado, aunque los conceptos, teniendo el mérito de aproximarse mucho a lo que nombran, nunca se mantienen estáticos y rápidamente se ven influenciados por asociaciones de ideas en las que la suma del todo se aleja del centro de gravedad presuntamente acotado por cada una de las partes.
Resulta muy curioso observar cómo un concepto del tipo que sea, que surge en un momento dado para referirse a algo concreto, a través del uso, que no es sino la alteración de la primera imagen mental para la que es creado, va adquiriendo un contenido distinto que en realidad no hace sino adaptarlo a la circunstanciales necesidades humanas en un alarde de esa “vitalidad” que se le presupone al lenguaje.
Desde este punto de vista, y en el área que de alguna manera me es propia, con el resurgir de los movimientos ciudadanos a partir del 11M, pude observar cómo el concepto tradicional de “Economía Social” rápidamente también se vio sometido a un proceso acelerado de adaptación a realidades distintas de las que cabían en los términos estrictos de la Ley que la regulaba, y cómo la realidad social impuso criterios propios sin que los puristas del término pudieran hacer nada por ponerle puertas a un campo que, parcelando en un momento inicial un territorio concreto, terminó generando otras imágenes que lo ensancharon y extendieron.
Curiosamente, y en consonancia con esto, el término “Economía Social” aparece por primera vez en la literatura económica hacia 1830, coincidiendo con la llamada Revolución de Julio que desde Francia se precipitó cual reacción química a otros países de Europa contra las Monarquías Absolutas empoderadas tras la caída de Napoleón y que, no obstante fueron capaces de contener la “marea” liberal, nacionalista y romántica (que para la época, ya es mucho) hasta 1848, refiriéndose a la “perspectiva moral” aplicada a la Economía, lo que nos lleva a pensar que el rebrote del matiz “social” aplicado a la Economía, tiene tendencia a reaparecer en momentos de movilización, de cambio y de hartazgo.
No obstante, no es hasta las últimas décadas del siglo XX con la publicación en Francia (otra vez) de la “Carta de la Economía Social” (primera apuesta por la construcción conceptual de la Economía Social “formal” tal y como la entendemos hoy) que el concepto no comienza a estructurarse entorno a los elementos esenciales que le siguen caracterizando
En consonancia con el enfoque “moral” inicial de 1.830, evolucionado hacia los “principios éticos” la Carta de la Economía Social hacía referencia una serie de organizaciones de la vida civil que filosóficamente se caracterizan por:
- La primacía de la persona y del objeto social sobre el capital
- La adhesión voluntaria y abierta
- El control democrático por sus miembros
- La conjunción de los intereses de los miembros-usuarios y del interés general
- La defensa y aplicación de los principios de solidaridad y responsabilidad
- La autonomía de gestión e independencia respecto de los poderes públicos
- El destino de la mayoría de excedentes a la consecución de objetivos a favor del desarrollo sostenible, la mejora de los servicios a los miembros y el interés general.
Y retomando lo que comentaba al principio, respecto del efecto “reorientador” que el uso aplica a los conceptos, al referirnos a la Economía Social a pie de calle, no podemos cerrar los ojos a la realidad de que, junto con las figuras legalmente reconocidas (esencialmente Sociedades Laborales, Cooperativas, Mutuas y Asociaciones) sobre todo a partir del momento en el que la ciudadanía decide plantarse y exigir la aplicación de otro modelo económico y político, han ido surgiendo fórmulas de organización ciudadana que, sobre los mismos principios y valores integran, no la Economía Social Formal, sino las “economías sociales” horizontales, que tienen en común con nosotros la vocación democrática (participación comunitaria, confianza, vinculación con el territorio) y que suponen además nuevos modelos de consumo que al anteponer el “uso” a la “propiedad”, facilitan el acceso a bienes y servicios modificando la relación coste-beneficio y reduciendo la huella ecológica y el impacto ambiental.
En consonancia con las alternativas existentes a la Economía Convencional, casualmente también en 2011 Jeremy Rifkin en “La Tercera Revolución Industrial” plantea explícitamente la existencia un modelo económico alternativo (la Economía Circular y Colaborativa) que, habiendo surgido por iniciativa ciudadana, ha conseguido abrirse un hueco en las agendas políticas y que se estructura en torno a cuatro pilares básicos:
- El uso de las energías renovables,
- La posibilidad de que los edificios generen su propia energía aprovechando dichas energías renovables,
- La capacidad de almacenar la energía limpia que no se consume, y
- El aprovechamiento -convergencia- de la tecnología de Internet para distribuir y compartir la energía que no se consume de manera inmediata, con el resto de consumidores
Desde AEMTA en tanto que Organización comprometida con la única alternativa económica posible a los sistemas de producción actuales (la alternativa sostenible) en la que la producción de bienes y servicios se tiene que someter obligatoriamente a criterios que incluyan el incremento de la reutilización, la reducción del uso de energía y el tratamiento adecuado de los residuos, defendemos que ésta sólo alcanzará su pleno desarrollo si se ve complementada por un sistema de consumo que también anteponga a la persona y a los principios éticos por encima de las consideraciones estrictamente mercantiles
Y vistas un poco las características y definiciones de la Economía Socia Formal y de las economías sociales (con la Economía Circular y Colaborativa en vanguardia) me gustaría hacer por último referencia a una “tercera vía” que aúna un poco características de ambas, y que, apareciendo “insinuada” en el último párrafo del Artículo 5.2 de la Ley de Economía Social doctrinalmente ha sido bautizada (al menos de momento y hasta que, en su caso, comience su vuelo en solitario) como la “Empresa Social”.
Estaríamos hablando de un nuevo formato de empresa del que aún no existe una definición específica y cuyo surgimiento está vinculado a lo que han venido a llamarse nueve indicadores, agrupados en tres bloques:
- Dimensión Económico-Empresarial
- Actividad continua que produce bienes y/o vende servicios
- Existencia de riesgo económico
- Existencia de trabajo remunerado
- Dimensión Social:
- Objetivo (social) explícito de beneficio a la Comunidad
- Iniciativa lanzada por un grupo de ciudadanos u organizaciones de la sociedad civil
- Distribución de beneficios limitada (o controlada en pro de la consolidación del patrimonio común)
- Dimensión de gobernanza participativa:
- Autonomía
- Facultad de decisión no basada en la propiedad del capital
- Naturaleza participativa en la toma de decisiones
Vistas las distintas posibilidades que integrarían la Economía Social y las “economías sociales” que, si bien independientes, participan de elementos comunes y pueden apreciarse como las distintas partes de una misma realidad, en todos los casos estaríamos refiriéndonos a una verdadera revolución en la gestión de los sistemas de producción de bienes y servicios, que no significa sino:
El establecimiento de un proceso de toma de decisiones participativo alejando el poder de decisión de aquellos agentes que actúan meramente como inversores, incluyendo también a los trabajadores, cabiendo la posibilidad de regular la distribución de beneficios en pro de la constitución de un patrimonio colectivo.
De manera que en un contexto como el actual, de inevitable reinvención del modelo económico, desde AEMTA consideramos que las alternativas a la economía tradicional que han venido surgiendo, no hacen sino anticipar el modelo de empresa del siglo XXI. Y esto porque aunque la Economía vaya a seguir estructurándose en torno a los dos pilares que le son propios (producción y consumo) nosotros entendemos la producción directamente vinculada con los principios éticos propios del modelo que representamos (el emprendimiento como proyecto compartido, la autogestión, la democracia interna y la solidaridad) de la misma manera que el consumo también tiene que someterse a principios éticos, para que tal y como se defiende desde la Economía Circular, sirva para:
- Garantizar la seguridad del suministro de recursos esenciales;
- Luchar contra el cambio climático, y
- Limitar los impactos medioambientales del uso de estos recursos.
- Artículo elaborado por Santiago Molina Jiménez