Cinco millones de euros para la mejora de infraestructuras y equipaciones

  • La Xunta destina cinco millones de euros para la mejora de infraestructuras y equipaciones, tanto de los ayuntamientos como de entidades sociales
  • En el marco del Plan específico extraordinario de inversiones, la Vicepresidencia convoca dos órdenes de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, con la finalidad principal de contribuir a mejorar la calidad de la vida local
  • La primera de las convocatorias está destinada a la mejora de infraestructuras y equipaciones en los ayuntamientos de Galicia
  • En la misma línea de ayuda a la mejora de la calidad de vida en nuestra comunidad, la otra línea de ayudas está dirigida a las asociaciones de vecinos, comunidades de usuarios de aguas y asociaciones de mujeres rurales de Galicia
  • Estas dos órdenes tienen en común que su financiación tiene origen en el Fondo de Superávit de Responsabilidad, una aportación extraordinaria de fondos fruto del cumplimiento del déficit público por parte del gobierno gallego
En el marco del Plan específico extraordinario de inversiones, la Vicepresidencia convoca dos órdenes de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, con la finalidad principal de contribuir a mejorar la calidad de la vida local  Autor: Xoán Crespo

En el marco del Plan específico extraordinario de inversiones, la Vicepresidencia convoca dos órdenes de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, con la finalidad principal de contribuir a mejorar la calidad de la vida local
Autor: Xoán Crespo

 

El director general de Administración Local, Alberto Pazos, presentó ayer en rueda de prensa las órdenes de ayudas para ayuntamientos y entidades gracias a las cuales tanto los ayuntamientos de Galicia como entidades sociales, que engloban asociaciones de vecinos, comunidades de usuarios de aguas y asociaciones de mujeres rurales de Galicia, podrán contar con unas ayudas que consiguen los 5 millones de euros.

Según explicó Pazos Couñago, el Diario Oficial de Galicia, publicó las dos órdenes que establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dentro del Plan específico extraordinario de inversiones. La primera de las convocatorias está destinada a la mejora de infraestructuras y equipaciones en los ayuntamientos de Galicia; y la segunda de las órdenes se destina para las asociaciones de vecinos, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos de Galicia, comunidades de usuarios de aguas y asociaciones de mujeres rurales de Galicia.

Estas dos órdenes tienen en común su financiación, que tiene origen en el Fondo de Superávit de Responsabilidad, una aportación extraordinaria de fondos fruto del cumplimiento del déficit público, y que la Xunta entiende que debe servir como ayuda la aquellos organismos, tanto ayuntamientos como asociaciones, con especiales dificultades económicas y aquellos ayuntamientos que se comprometieron en el cumplimiento de los mismos objetivos de déficit del gobierno gallego.

Plan específico de inversiones destinado a la mejora de infraestructuras y equipaciones en los ayuntamientos gallegos
Esta línea de subvenciones tiene por objeto el otorgamiento de ayudas específicas para inversiones destinadas a los ayuntamientos de Galicia para la mejora de infraestructuras y equipaciones, con la finalidad de contribuir a mejorar la calidad de la vida local, y que cuentan con un presupuesto de 2 millones de euros.

Serán subvencionables las inversiones en la mejora de infraestructuras, dotaciones, instalaciones y equipaciones vinculadas a la prestación de servicios municipales, como obras de saneamiento y abastecimiento de agua, pavimentación de vías públicas municipales, reformas de edificios e instalaciones municipales, y dotación de equipaciones. La ayuda económica concedida tendrá un límite de 35.000 euros por ayuntamiento, pudiendo cubrir el cien por cien de la inversión solicitada. Las solicitudes de subvención serán atendidas respetando su orden de entrada y sin comparación con otras solicitudes, hasta el agotamiento del crédito disponible.

Al amparo de esta convocatoria los ayuntamientos gallegos de menos de 10.000 habitantes que su actuación respete los requisitos fiscales impuestos por la normativa estatal de estabilidad presupuestaria, regla de gasto, límite de deuda y período media de pago a proveedores; los ayuntamientos afectados por los temporales acontecidos en nuestra comunidad en los meses de enero y febrero de este año; y los ayuntamientos que no habían recibido ayudas superiores a 20.000 euros en la línea no competitiva del Fondo de Compensación Ambiental, podrán optar la estas ayudas.

En esta orden, existe la posibilidad de una posterior ampliación de crédito sin apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes, que será destinado a los ayuntamientos afectados por los temporales, y en este caso la ayuda alcanzará los dos tercios de la inversión realizada, con un plazo de ejecución y justificación hasta el 31 de octubre.

Ayudas para Asociaciones de Vecinos, Comunidades de usuarios de aguas y Asociaciones de Mujeres Rurales de Galicia
En el marco de esta línea, el objeto es subvencionar ayudas específicas para inversiones destinadas a las asociaciones de vecinos, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos de Galicia, comunidades de usuarios de aguas debidamente inscritas en el registro público correspondiente y asociaciones de mujeres rurales, con la finalidad de contribuir a mejorar la calidad de la vida del vecindario gallego.

Esta línea de ayudas cuenta con un presupuesto de 3 millones de euros distribuidos por provincias, así A Coruña cuenta con 950.000 euros; Lugo y Ourense, 500.000 cada una de las provincias; y Pontevedra, cuenta con 1.050.000 euros. La ayuda económica podrá conseguir la totalidad de la inversión realizada con un límite máximo de 15.000 euros para la realización de obras y de 5.000 euros para dotación de equipaciones.
Gracias a esta orden, las entidades podrán realizar inversiones, tanto de obra como de equipaciones, en inmuebles de su titularidad o de los cuales les corresponda el derecho de uso, caminos vecinales y traídas de aguas vecinales con la finalidad de mejorar la prestación de los servicios de interés vecinal, mediante un mejor aprovechamiento de los recursos disponibles, contribuyendo de este modo a satisfacer las necesidades y aspiraciones del vecindario.
Las entidades deberán estar debidamente inscritas en el correspondiente registro de asociaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia, contener en su denominación a identificación como asociación de vecinos, federación, confederación o unión de asociación de vecinos, y tener actualizados en el registro los datos de composición de la junta directiva y los estatutos de la entidad. En el supuesto de las comunidades de usuarios de aguas, deberán estar inscritas en el libro del registro de aguas del correspondiente organismo de cuenca.
Las solicitudes deberán presentarse preferentemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, y el plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir de destreza, segundo dispone el Diario Oficial de Galicia.

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