Ayudas para facilitar la conciliación por maternidad o paternidad de los autónomos

  • La Xunta las convoca con apoyos de hasta 12.000 €
  • El Diario Oficial de Galicia publicó ayer este programa que incorpora novedades con respecto a otras ediciones, ya que se incluyen también apoyos para los padres y/o madres que tengan a su cargo menores, mayores y dependientes
  • Se incluyen cuatro tipo de bonos diferentes que se pueden solicitar hasta el próximo 25 de octubre
  • Entre otros supuestos, un trabajador autónomo que haya sido padre o madre podrá recibir ayudas, además de para contratar a una persona que lo apoye en su puesto laboral, para, por ejemplo, sufragar los gastos de una residencia el cualquier otro tipo de servicio destinado a menores, personas mayores o dependientes

 

El Diario Oficial de Galicia (DOG) viene de convocar las ayudas para apoyar la conciliación por maternidad o paternidad de las personas autónomas de la comunidad gallega. El programa de la Consellería de Empleo e Igualdad, que cuenta con un presupuesto de 500.000 euros, introduce importantes novedades con respecto a ediciones pasadas de esta iniciativa al incluir ayudas para los padres y/o madres que también tengan a su cargo menores, mayores o personas dependientes. Del que se trata es de favorecer la conciliación de los trabajadores y trabajadoras autónomas de Galicia.

La medida incluye cuatro tipos de bonos que se pueden solicitar hasta el próximo 25 de octubre y que están dirigidos en todos los casos a personas trabajadoras dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Reta) o autónomos siempre que habían disfrutado de un período de descanso por nacimiento de su hijo o hija. También podrán ser beneficiarios de estos apoyos las sociedades y comunidades de bienes respeto de las personas autónomas societarias que disfrutaran también de un período de descanso por nacimiento.

El Bono Autónomo Concilia I incluye ayudas para los autónomos que contraten o hayan contratado para su actividad económica entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 a una persona por cuenta ajena con una duración mínima de seis meses y un máximo de un año para favorecer su conciliación una vez finalizado su período de descanso por nacimiento.

El Bono Autónomo Concilia II, novedad este año, incluye ayudas en iguales condiciones pero va dirigido a apoyar la contratación de una persona para el cuidado de menores, mayores o dependientes de lo que esté a cargo a persona trabajadora autónoma.
Estos dos primeros bonos incluyen ayudas de hasta 500 euros al mes por la contratación a tiempo completo con un importe máximo de 6.000 euros.

Apoyo para cuidados en centros o servicios

La tercera línea de este programa es el Bono para el cuidado de menores destinado a cubrir los gastos de la escuela infantil y la última y carta línea (novedad también en esta edición del programa) se trata del bono para el cuidado de personas mayores y dependientes de hasta un segundo grado de consanguinidad o afinidad o que acrediten convivencia. Las ayudas van dirigidas a sufragar el importe de un centro o servicio contratado para el cuidado.
En los dos casos, para recibir el bono para el cuidado de menores o el cuidado de personas mayores o dependientes, los beneficiarios tienen que haber obtenido el Bono Concilia I o II en esta convocatoria. Con los dos bonos podrá cubrirse el 75% de los servicios de la escuela infantil o de los centros o servicios contratados para el cuidado de personas mayores o dependientes hasta un máximo de 3000 euros. Los dos bonos son compatibles entre sí por lo que la cuantía máxima de este programa se eleva hasta los 12.000 euros (en el caso de recibir uno de los bonos concilia y los bonos para el cuidado de menores y de personas mayores o dependientes).

El Gobierno gallego lo que busca con esta iniciativa es favorecer la conciliación de las personas trabajadoras autónomas que puedan tener a su cargo hijos y/o personas mayores o dependientes. Es decir, una persona autónoma, siempre que haya sido madre o padre podrá recibir apoyos para contratar a una persona que la apoye en su puesto de trabajo, también la una persona que cuide de su hijo/s o hija/s y al mismo tiempo optar a un bono bien para sufragar los gastos de una persona mayor o dependiente que se encuentre, por ejemplo, en una residencia o los gastos de una escuela infantil el cualquier otro servicio de cuidado de menores.

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