El juez Castro mantiene imputada a la Infanta Cristina por blanqueo y fraude fiscal
El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, ha puesto este miércoles fin a la instrucción del caso Nóos tras cuatro años de investigaciones, y ha acordado mantener la imputación de la Infanta Cristina por presunto blanqueo de capitales y como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales.
Pese a esto, la tanto la Fiscalía como el abogado de la defensa recurrirán esta imputación por considerarla ‘falta de base’ ya que afirman que la Infanta no actuó de forma irregular.
Conjuntamente es el primer paso para que Inaki Urdangarín pueda sentarse en el banquillo de los acusados.
Según el Juez castro, la Infanta facilitó su lucro y el de su marido con su «colaboración silenciosa en Aizoon».
José Castro, se defiende en el auto en el que cierra la investigación del «caso Nóos» frente las críticas vertidas «desde altas instancias institucionales, políticas, mediáticas e incluso judiciales» que han calificado su instrucción de demasiado larga. Afirma que no ha acordado ninguna diligencia inútil que «a priori» creyera inútil para la averiguación de los hechos.
El instructor recuerda que esta pieza separada del caso «Palma Arena» ha generado un sumario de 63.304 folios, se han recibido a lo largo de toda la investigación 319 declaraciones y se han dictado 340 resoluciones «que perfectamente podrían haberse multiplicado por varios enteros si no se hubiera concentrado en ellas gran número de pronunciamientos». Añade que además ninguna de ellas se dictó a través del sistema de modelación informática proporcionado por el Ministerio de Justicia.
Castro añade que no tiene conciencia de haber acordado, ni de oficio ni a instancia de parte, diligencia alguna de investigación a sabiendas de que su resultado sería inútil para la causa, «siendo cuestión bien distinta que no todas las acordadas arrojaron el resultado que de ellas cabía esperar».
Insiste el magistrado en que la instrucción se ha ultimado «cuando procesalmente ha sido posible hacerlo», es decir, cuando se han terminado de practicar las pruebas necesarias y cuando sobre la mesa ya no queda ninguna petición pendiente de proveer de ninguna de las partes personadas.