Abierto nuevamente el plazo en Sober para la presentación de solicitudes de ayudas para obras de rehabilitación de edificios y viviendas
- El Ayuntamiento de Sober abrió un nuevo plazo para la presentación de solicitudes de ayudas a obras de rehabilitación de viviendas
- El plazo para presentar las solicitudes en el marco del ARI estará abierto hasta el 13 de febrero de 2019
El Ayuntamiento de Sober viene de abrir un nuevo plazo para la presentación de solicitudes de ayudas para obras de rehabilitación de edificios y viviendas en el área de rehabilitación integral ( ARI). El plazo para presentar las solicitudes permanecerá abierto hasta el trece de febrero de 2019. Los interesados e interesadas pueden tramitar las ayudas y subvenciones en la Oficina de Rehabilitación de Sober, instalada en el Ayuntamiento, los miércoles y viernes en horario de 09:00 a 14:00 horas.
Se trata de la cuarta fase del ARI a la que pueden acceder los vecinos y vecinas de Sober, único Ayuntamiento de Galicia donde todo el territorio es considerado área de rehabilitación integral, tanto las parroquias como el casco urbano. El alcalde de Sober, Luis Fernández Guitián, anima al vecindario a solicitar estas ayudas que permiten “importantes actuaciones en las viviendas de nuestro Ayuntamiento recuperando y mejorando la situación de muchas de ellas”.
Lo cueste total de las actuaciones de la 4 fase asciende a 188.250 euros. Los beneficiarios pueden obtener hasta el 40% del coste subvencionable de la actuación y hasta el hasta el 75% si los ingresos son menores de 3 veces el IPREM. Pueden obtener un máximo de 12.000 euros por vivienda que se rehabilite. La cuantía subvencionable llega a un 65% del importe total si el solicitante es menor de 35 años.
¿Quién puede acogerse a las ayudas?
Para poder recibir las ayudas los inmuebles deben tener una antigüedad superior a los diez años. Los solicitantes deben acreditar la propiedad de la vivienda y el compromiso de destinarla a domicilio habitual o alquiler.
Documentación a presentar
-Fotocopia del DNI del solicitante o del representante con un documento que acredite la representación.
-Certificación de estar al corriente de sus deberes tributarios con la Seguridad Social.
-Acreditación de ingresos familiares ponderados.
-Título de propiedad o del título suficiente de autorización para la realización de las obras.
-Acreditación de la antigüedad de la vivienda.
-Certificado de empadronamiento.
-Compromiso escrito de destinar la vivienda a residencia habitual o permanente durante por lo menos cinco años desde la aprobación definitiva de las ayudas solicitadas.
-Presupuesto de las obras solicitadas firmado por la empresas constructora.
En la actualidad se están ejecutando ayudas para 11 viviendas correspondientes a la tercera fase del ARI. A estas se sumará una rehabilitación más pendiente de recibir aprobación en Figueroá.