Reunión en el Consello Regulador para avanzar hacia la acreditación ENAC

  • El Consello Regulador acogerá hoy la celebración de una reunión informativa de carácter técnico para avanzar en los trámites necesarios para la obtención de la acreditación ENAC
  • El Diario Oficial de Galicia publicará proximamente la resolución de modificación del pliego de condiciones de la D.O Valdeorras, aprobada por el Pleno del organismo a principios de marzo

 

Marca_ENACLos vocales del Consello Regulador de la D.O Valdeorras están convocados hoy a una reunión informativa, en Vilamartín de Valdeorras, con el equipo técnico que asesora al organismo sobre los trámites necesarios para la obtención de la acreditación ENAC, según la norma UNE-EN ISO/IEC 17065. Cada uno de los vocales que asista a la reunión podrá hacerlo acompañado de un técnico.

El objetivo de esta reunión es avanzar en el cumplimiento de los parámetros necesarios para la consecución de la acreditación dispensada por ENAC, organización declarada de utilidad pública, independiente y sin ánimo de lucro, cuya misión es avalar la competencia técnica de los organismos de evaluación de la conformidad para generar, así, confianza en sus actividades a la Administración, al mercado y a la sociedad en general.

Modificación del pliego de condiciones

Precisamente, para avanzar en la consecución de los parámetros que permitan al a la entidad la obtención de esta acreditación, el Consello Regulador aprobó a principios de marzo una modificación del pliego de condiciones de la Denomininación de Origen de Valdeorras, que viene de ser avalada por la Xunta y que será próximamente publicada en el Diario Oficial de Galicia.

Entre las modificaciones del pliego de condiciones de la D.O se incluyen cambios en el artículo 9.1, referente a las producciones máximas admitidas por hectárea, que serán las siguientes: a) 12.500 kilos de uva por hectárea para las variedades preferentes y b) 15.000 kilos por hectárea para las autorizadas. También se incluyen cambios en el artículo 13.2 referentes a las características que deben cumplir los vinos para poder ser amparados por la D.O Valdeorras en cuanto a sulfuroso total máximo, acidez volátil máxima, acidez total mínima, características organolépticas o gradación, entre otros asuntos. Finalmente, también se realizaran cambios ene el artículo 31.2, relativo a las obligaciones específicas de las bodegas del Consello Regulador en relación con la producción, la elaboración y el envasado.

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